1. Contribuyentes que se incorporan con la Resolución SAT-DSI-1240-2021:
Con fecha 24 de noviembre de 2021 la Superintendencia de Administración Tributaria público en el Diario de Centroamérica la Resolución Número SAT-DSI-1240-2021, en donde, de acuerdo con la facultad otorgada por la Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 29 “A”, resolvió incorporar al Régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL- a los siguientes contribuyentes:
Contribuyentes inscritos en el Régimen General del Impuesto al Valor Agregado conforme al Decreto número 27-92 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Ley del Impuesto al Valor Agregado.
PLAZO de incorporación:
Se les otorga plazo de incorporación para que, a más tardar el 1 de julio de 2022 inicien la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos -DTE-, mediante los cuales podrán documentar (para efectos fiscales) la ventas y prestación de servicios que realicen.
2. Contribuyentes que se incorporan con la Resolución SAT-DSI-1218-2021:
Con fecha 24 de noviembre de 2021 la Superintendencia de Administración Tributaria público en el Diario de Centroamérica la Resolución Número SAT-DSI-1218-2021, para incorporar de manera obligatoria al Régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL- a los contribuyentes siguientes:
Contribuyentes que presten servicios en materia contable, financiera, tributaria y de auditoría (sin incluir contribuyentes que prestan servicios en relación de dependencia).
PLAZO de incorporación:
Esta resolución entra en vigencia a los tres meses siguientes , contados a partir de la fecha de publicación de esta resolución que es el 24 de noviembre de 2021.
Vencimiento de documentos:
Una vez vencido el plazo otorgado, las autorizaciones vigentes de facturas, notas de débito, notas de crédito, notas de abono y facturas especiales que tengan los contribuyentes hasta ese momento, quedaran sin efecto, constituyendo como único medio de emisión de estos documentos el Régimen de Facturación en Línea -FEL-.